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Real Academia Galega (1913-1928): Diccionario gallego-castellano
ALCALDE s. m.

Alcalde. En los Concejos de la Edad Media, cada uno de los dos individuos a quienes se confiaba el cargo de la judicatura. Llamábanse también jueces y justicias.- "Era de mill e trezentos et oyteenta et cinquo anos, domingo viínte et seys dias de agosto. Subean todos que seendo o Concello da cidade de Santiago juntado eno moesteyro de San Payo dante Altares da cidade de Santiago por crida e anafil, segundo que he de costume, presente y Pedro de Castro, alcalde ena dita cidade por Gomez Fernandez de Soria, alcalde de noso Señor el Rey et seu juiz na dita cibade..." (Era de mil trescientos ochenta y cinco años, domingo, veintiséis días de Agosto. Sepan todos que estando el Concejo de la ciudad de Santiago reunido en el monasterio de San Payo de Antealtares, de dicha ciudad, por pregón y trompeta, según lo tiene por costumbre, presente Pedro de Castro, Alcalde de dicha ciudad por Gómez Fernández de Soria, Alcalde de nuestro Señor el Rey y su juez en dicha ciudad...). LÓPEZ FERREIRO. Fueros Municipales de Santiago y de su tierra, tom. I, p. 333.- "Era de MCCCCIX anos o primeyro dia dabril seendo no thesouro de Santiago o deam dom Joan Nunes et o chantre dom Gonçaluo Perez Coruacho et dom Gonçaluo Sanchez de Bendaña... et Ruiz Fernandez, et Johan Dominguez, Fernan Rodriguez, Johan Pegote, raçoeyros da dita Iglesia para dizeren et rezaren as Oras enno dito thesouro, por quanto estaua a dita iglesia e cidade interdicta, por quanto os do Concello da dita cidade se alçaran con el Rey de Portugal et con dom Fernando de Castro et banyron dende a o arcibispo dom Rodrigo, e se le alçaran con o señorio da dita cidade; enton chegaron a estes homes boos a o dito thesouro Joan do Campo fillo de Fernan Garcia do Campo, Vaasco Martiz Serpe,... Aras Perez da Cana, Vaasco Fernandez Montesino, este dito Aras Perez et Martin Fernandez do Campo, alcaldes que se chamaban da dita cidade,..." (Era de MCCCCIX años a primero de Abril estando en el tesoro de Santiago el Deán D. Juan Núñez y el Chantre D. Gonzalo Pérez Corbacho y D. Gonzalo Sánchez de Bendaña... y Rodrigo Fernández, Juan Domínguez, Fernando Rodríguez y Juan Pegote, racioneros de dicha Iglesia para decir y rezar las Horas en dicho tesoro, por cuanto estaba dicha iglesia y ciudad interdicta por cuanto los del Concejo de dicha ciudad se alzaran con el Rey de Portugal y con D. Fernando de Castro y desterraron desde entonces al Arzobispo D. Rodrigo, y se le alzaron con el señorío de dicha ciudad; entonces llegaron a estos hombres buenos al dicho tesoro, Juan del Campo, hijo de Fernando García del Campo, Vasco Martínez Serpe... Arias Pérez de Cana, Vasco Fernández Montesino, este dicho Arias Pérez y Martín Fernández del Campo, Alcaldes que se llamaban de dicha ciudad...) LÓPEZ FERREIRO. Fueros Municipales de Santiago y de su tierra, tom. II, p. 32.- "Et eu Fernan Gonçalez do Pregontoiro notario publico jurado da cibdade de Santiago por la iglesia de Santiago este traslado saquey de hum libro que dizen das taboas do concello da dita cibdade, en que son asentados os previlegios, sentenças et escripturas publicas que pertesçen a o dito concello o qual dito traslado aqui ben et fielmente fiz trasladar et escrivir a pedimento de afonso eans de espana procurador do dito conçello Et por mandado et abtoridade que me para elo dou o bachiller gil gian alcalde en a dita cibdade..." (Y yo Fernando González del Preguntoiro, notario público jurado de la ciudad de Santiago por la Iglesia de Santiago, este traslado saqué de un libro llamado de las Tablas, del Concejo de dicha ciudad, en el cual están asentados los privilegios, sentencias y escrituras públicas que pertenecen a dicho Concejo, el cual dicho traslado aquí bien y fielmente hice trasladar y escribir a pedimento de Alfonso Eanes de España, procurador de dicho Concejo y por mandato y autoridad que para ello me dió el bachiller Gil Gián, Alcalde en dicha ciudad...) LÓPEZ FERREIRO. Historia de la Santa Iglesia de Santiago de Compostela, tom. VI, p. 129 de los ap. Antiguamente también se escribía ALCALLDE.

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Aun hasta los tiempos modernos era el juez que administraba justicia en algun pueblo.

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En la actualidad, el Presidente de un Ayuntamiento. Alcalde de Fillosdalgo (Alcalde de Hijosdalgo): el Alcalde de la Sala de Hijosdalgo que había en las Chancillerías de Valladolid y Granada en la cual se conocía de los pleitos de hidalguía y de los agravios que se hacían a los hidalgos por lo tocante a sus exenciones y privilegios: era juez togado. En los lugares donde había mitad de oficios era el Alcalde ordinario que se nombraba cada año por el estado de hijosdalgo: era juez lego, y el tener este oficio era acto distintivo de nobleza.- Alcalde de Sacas: Juez a quien estaba cometido el vigilar y evitar que no se sacasen del reino las cosas cuya exportación estaba prohibida por leyes y pragmáticas.- Alcalde do Crime (Alcalde del Crimen): Alcalde de la Sala del Crimen que había en las Chancillerías de Valladolid y Granada, y en algunas Audiencias del reino. Era juez togado y tenía, fuera de su tribunal, jurisdicción ordinaria en su territorio.- Alcalde Mayor: Juez letrado que ejercía la jurisdicción ordinaria en algún pueblo. Llamábase también así el que había en las ciudades donde el Corregidor era juez lego, de quien era asesor.- Alcalde Ordinario: el que ejercía la jurisdicción ordinaria en algún pueblo, siendo vecino de él.- Alcalde Pedáneo: el que lo era de alguna aldea o lugar corto, y sólo podía conocer de cantidades pequeñas: si prendía, no podía poner en libertad ni proseguir la causa, porque tenía que dar cuenta a las justicias de la ciudad o villa a que estaba sujeta la tal aldea o lugar. Hoy sus atribuciones son más limitadas, y en Galicia se llama simplemente Pedáneoo Mayordomo.

Eladio Rodríguez González (1958-1961): Diccionario enciclopédico gallego-castellano, Galaxia, Vigo
ALCALDE s. m.

Alcalde, el presidente de un Ayuntamiento, que por ministerio de la ley hace cumplir los acuerdos municipales y cuanto se refiere a los diversos aspectos de la policía urbana.

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En los concejos de la Edad Media, cada uno de los individuos a quienes se confiaba el cargo de la judicatura. Llamábanse también jueces y justicias.

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Hasta los modernos tiempos, juez que administraba justicia en algún pueblo.

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En tiempos antiguos los alcaldes también hacían mal uso de su cargo, pues en el año 1380 fué preciso que el concejo de La Coruña se reuniese por pregón en el atrio de la iglesia parroquial, de dicha ciudad, para establecer los procedimientos y derechos que correspondían a los alcaldes, en vista de que éstos abusaban de sus facultades y de su autoridad cobrando derechos excesivos por sus diligencias.

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Alcalde de barrio, el que estaba al frente de cada uno de los barrios en que se dividía el distrito municipal. Los nombraba el alcalde libremente, de entre los que tenían su residencia fijada en la respectiva demarcación; PEDÁNEO.

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Alcalde de fillosdalgo, el que había en algunas chancillerías donde se ventilaban los pleitos de hidalguía y de agravios que se hacían a los hijodalgos sobre sus exenciomes y sus privilegios.

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Alcalde de monteira, el de un municipio rural, sobre todo si es labriego y realiza ALCALDADAS.

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Alcalde de sacas, juez a cuyo cargo estaba vigilar y evitar que se sacasen del reino las cosas cuya exportación estaba prohibida.

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Alcalde do crime, el juez togado que era alcalde de la sala del crimen en algunas chancillerías.

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Alcalde do mar, nombre que se dió a uno de los jefes del gremio de MAREANTES de Pontevedra. La denominación, sin embargo, más antigua, más propia y adecuada fué y es la de VIGAIRO, pues durante mucho tiempo aún se conservó para los efectos de la cofradía.

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Alcalde maior, juez letrado que ejercía la jurisdición ordinaria en su pueblo.

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Alcalde pedáneo, el que lo era o lo es de alguna aldea, barrio o lugar corto. En Galicia se llama simplemente pedáneo.

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Ter o pai alcalde, contar con el apoyo de alguna autoridad.

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FRAS. A falta de homes bos, fixeron a meu pai alcalde. Alcalde de aldea, o que queira selo que o sea. Alcalde de monteiriña, ¡ai se cargado te pilla! Alcalde de vara verde, e muller de pouco importa, non hai que fiar deles cousa. Alcalde, nin de balde. Alcalde novo, todo é xusticia, o todas son leises. Coraxudo alcalde é este, que a todalas donas prende. De alcalde a verdugo, mirade cómo subo. Dios te libre de alcalde novo e de escribán vello. Nin tanto, nin tan pouco, señor alcalde louco. Non ornearon en balde un alcalde e outro alcalde. Ó alcalde e á doncela, ninguén lles diga: se eu quixera...

Constantino García González (1985): Glosario de voces galegas de hoxe, Universidade de Santiago, Verba, anexo 27
alcalde m.

(Com. Gro. Cod. Bur. Ram.), alcaide (Oir.) alcalde.