maneyro
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'apoderado, representante' , de MĂNŬĀRĬUS. Una vez: 788.37 "et el rrey de B. deullj por - o fillo de Ab. que entregasse os castelos al rrey". No tengo otros ejs. de esta acepción; parecida es 'deudor que se sustituía para pagar o cumplir la obligación de otro' : a. 1225 "qui filium aut filiam non habuerit et fuerit maneiro det pro sua anima asta medium de suo auer" (PMH Leges p. 603); a. 1281 "que todo morador da cibidade de Bregança qui ffillos ouver non seia maneiro... e os que molleres nom ouverem nom seiam maneiros... creligos da cibidade de B. nom seiam maneiros" (en Elucidário s.v. maninhadego, cfr. Leite Obs. Elucidário RL XXVII, 252). En port. mod. maneiro significa 'que se maneja con facilidad; práctico, cómodo' 'que tiene trato amable, delicado' (ejs. en Morais ). Para el gall. da Carré las acepciones 'manual, que se ejecuta con las manos; manejable' , pero esto es dudoso, pues falta en los otros diccionarios y a mí también me resulta desconocido. Cuveiro registra como ant. 'deudor sustituto; prórroga, dilación' , con la segunda acepción arbitraria e infundada; peor todavía en E. Rodríguez, que copia lo de Cuveiro y añade 'plazo que se concede' , sin referirse a la antigüedad del vocablo (lo mismo hace Franco Grande ). Fue de bastante uso en cast. ant. manero 'apoderado' (Cid 2133; PCG 601b15; Partidas V, 323, ed. Ac. Hist.; Alexandre 217c; cfr. Pidal Cid p. 742). |