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Corpus Xelmírez - Corpus lingüístico da Galicia medieval

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Número de contextos atopados: 5

1395 HCIM 48b/ 556 Outrosy mandamos que o dicto martin bezerra et sua moller façan outra porta a a dicta casa noua en a outra quadra via de de çima en o chaao, et que non aia altura nehuna do terreo, et que seia ancha tanto por que posa entrar longura de hun tonel a traues, et de altura por que posa entrar un ome ençima de hun caualo, et que non seia ferrada de ferro, saluo palmelas et golfoos pertenesçentes. [+]
1499 GHCD 111-2/ 507 Iten que lo que tocare a la obra et hedeficio del hospital et a los elegimientos et encasamientos et en el tamaño et altura e en todos los aposentamientos e otras oficinas que se ovieren de hazer, que todo se haga al consejo et parecer de maestre gas o de maestre enrrique su hermano et asimismo del dicho gobernador conforme a la traça que sus altezas de aca enbiaron. [+]
1512 GHCD 111-27/ 542 Nos que aunque con desiguales méritos hacemos en la tierra á cerca de dirigir saludablemente el estado de los Hospitales, y otros cualesquiera lugares Pios las veces de aquel, que havita en las Alturas, y mira las cosas humildes, aplicandonos con Paternales, y cuidadosos deseos, concedemos de buena gana aquellas cosas, por las que se mire, y acuda en tiempo al alivio de los referidos Hospitales especialmente de los edificados con gastos de los Reyes Catolicos, y de los pobres, y personas miserables, que por tiempo concurren á ellos, y de las personas, que en ellos sirven, y los mismos Hospitales, con ayuda de Dios, gozen perpetuamente de favorables aumentos como lo exige el deseo de los mencionados Reyes. [+]
1512 GHCD 111-27/ 548 Nos pues deseando cuanto se nos concede desde las Alturas, volver aceptable á Dios el pueblo christiano, y el compañero de las buenas obras, y socorrer las necesidades de los niños expósitos, y pobres enfermos, y de otras tales miserabiles personas, y ayudar á estos, y á otros fieles con indulgencias y remisiones, concedemos con Autoridad Apostólica por el tenor de las presentes y igualmente condescendemos con todos y cada uno de los fieles de ambos sexos, que reciviesen en su casa á uno, ó una de los mismos niños expósitos, y criasen á este, ó esta, hasta el devido tiempo, ó le diesen leche, y al mismo, á la misma le criasen, ó hiciesen criar á expensas propias hasta año y medio, y casasen, ó diesen marido á las vírgenes, ó Doncellas expósitas, que tubiesen en sus casas, como se ha dicho, á sus propias expensas, ó á alguna otra de las expósitas de dicho Hospital, ó suministrasen al mismo Hospital aquello que basta para dar leche, ó criar los niños expósitos, ó para casar á una, ó mas de las referidas Doncellas expósitas, tambien para los pobres enfermos, y miserables personas, y estos fieles christianos, que acaeciese morir en dicho Hospital, que cada uno, ó cada una de ellos pueda elegir algun Presbitero Idoneo secular ó regular para su confesor, el que le pueda aplicar plenaria remision una vez en vida, y otra en el articulo de la muerte, permaneciendo en la sinceridad de la fee unidad de Ntra. [+]
1536 FDUSC 411/ 581 E vos aforo lo que dicho hes con todas sus entradas e salidas, pertenençias, vsos e costunbres, segun e como al dicho hospital perteneçe, e por preçio e pension en cada vn ano de diez e seys reales nuevos de plata, que por ello aueys de pagar a mi e a mis suçesores, administradores que del dicho hospital fueren por dia de Navidad d ' en cada vn ano, e la primera paga ha de ser para el dia de san Juan de Junio venidero de treynta e siepte anos, e ansi por conseguiente en cada vn ano, e habreys de llebantar la dicha casa de piedra, teja e madera e de lo mas necesario de altura de vn sobrado, e ansi la thener e dexar en fin del dicho tienpo al dicho hospital, con los dichos perfetos, e sin por razon dello aver cosa alguna, ni el dicho hospital ser obligado a vos lo pagar. [+]




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