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Corpus Xelmírez - Corpus lingüístico da Galicia medieval

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Está a procurar contextos do uso de crucifixo nos textos notariais do Corpus Xelmírez.

Número de contextos atopados: 7

1433 FMST [10]/ 493 V yten hordenamos e por ben temos que ningún, nen alguos oficiaas que labrar contas ou fezer labrar ou vender de azabache, que non seja ousado de soldar, nen juntar peça nenhua, conben a saver, ymagen de santiago, nen crucifixo, nen conchas, nen contas, nen sortellas, nen outra pesa nenhua que seja quebrada con betume, nen con cola, nen con Rolda, nen quon outra cousa, salbo se for pie de cruz que seja torneado que non posa caer e seja peça san. [+]
1433 FMST [10]/ 493 Otrosy que non sejan ousados de dourar, nen gornecer douro de panel, por quanto se encubre a quebradura con él, nen eso mismo gornescan conchas, nen contas, nen crucifixos, nen sortellas de azabache de prata so a dita pena dos ditos seyscentos mrs., a metade para o dito señor arçobispo e a outra metade para a confraría do dito oficio. [+]
1505 GHCD 76/ 329 Iten mando á la Iglesia maior de la Ciudad de Orense para la Capilla del Crucifixo en satisfacion de la ofensa e daño que se le fiço en los tiempos pasados veinte y cinco mill mrs. [+]
1505 GHCD 76/ 330 Los frailes de dicho M.o y se diga una misa, cada viernes delante del crucifixo de la Capilla de los de Taboada. [+]
1524 GHCD 111-42/ 567 las condiciones con que corneles de olanda ymaxinerio vecino de la cibdad de orense toma de hazer el Retablo para el altar del çaguan primero del grand hospital Real de señor Santiago son las seguientes: PRIMERAMENTE ha de hazer el dicho corneles vn Retablo para el sobre dicho altar el qual ha de ser de buen nogal e de buen castaño brabo la qual madera ha de ser a costa del dicho corneles. ha de ser la dicha obra Romana y ha de tener en alto y anchor conforme alarco que esta enel dicho altar donde ha de estar el dicho Retablo. ha de aver enel dicho Retablo diez e seys ymagines enesta manera encima del Retablo vn crucifixo y abaxo vna beronica y dela vna parte san pero y de la otra san pablo y abaxo vna ymagen de nuestra señora del Rosario y de la vna parte santiago y de la otra san ju.o su hermano y abaxo santa ana y de la vna parte sant vartolome y de la otra santandres y abaxo de todo por Remate seys medios apostoles segundo e de la manera que va señalado en la mostra dela dicha obra la qual mostra va firmada del señor francisco diez de mercado administrador general del dicho hospital por sus majestades la qual mostra levo en su poder el dicho corneles y la ha de traer al tienpo que entregare la dicha obra para que sea conforme a ella. ha de hazer el dicho corneles toda esta obra a su costa y la ha de dar fecha e acabada y asentada fasta dia de pascoa de flores primera que viene del año venidero de mill e quinientos e veynte e cinco. la qual dicha obra el dicho corneles ha de hazer segundo dicho es y darla asentada dentro del dicho termino y despues de asentada y labrada conforme a la dicha traça e condiciones el dicho señor administrador en nombre del dicho hospital ha de nonbrar vna persona que entienda la dicha obra e el dicho corneles ha de nonbrar por su parte otra persona que asi mesmo entienda e conozca la dicha obra de las quales dos personas se ha de recebir juramento en forma so cargo del qual han de taxar e amoderar la dicha obra e lo que ansi taxaren e Amoderaren se ha de pagar al dicho corneles y para en pago de lo que el dicho corneles ha de aver por la dicha obra Rescibio luego del mayordomo garcia prego por libramiento del dicho señor administrador veynte ducados y no ha de aver mas dineros hasta que acabe e asiente e taxen la dicha obra. ha de dar el dicho corneles fianças que sino hiziere la dicha obra conforme a la dicha traça e condiciones que bolbera al dicho hospital los dichos veynte ducados que ansi Rescibio. por ende por esta presente carta yo el dicho corneles de olanda ymaxinerio que soy presente me obligo con mi persona e vienes muebles e Raizes Avidos e por aver de hazer labrar e asentar el dicho Retablo conforme alas dichas condiciones e traça que en mi poder llebo firmada del dicho señor administrador y que terne y guardare todas las cosas e condiciones enestos capitulos aRiba contenidos y para que el dicho hospital y vos el dicho señor administrador en su nonbre seays mas cierto e seguro que sino hiziere la dicha obra segundo dicho es que bolbere los dichos veynte ducados que ansi Rescibo vos doy por mis fiadores debdores e principales pagadores a ju. o tonelero e a giraldo flamenco vecinos dela cibdad de santiago que estan presentes a cada vno de ellos en la mitad de los dichos veynte ducados a los quales Ruego e pido que salgan por mis fiadores en lo suso dicho E nos los dichos ju. o tonelero e giraldo flamenco..... fue fecha e otorgada en la cibdad de santiago dentro del grand hospital Real de su majestad a tres dias del mes de julio de mill e quinientos e veynte e quatro años testigos que fueron presentes llamados e Rogados sancho diez de mercado e pero xuarez e ju. o Ramos capellanes del dicho hospital e ju. o perez e ju. o de canpa oficiales del dicho hospital E yo el escriuano ynfrascripto doy fe que conozco al dicho señor Administrador e A los dichos ju. o tonelero e giraldo flamenco e porque no conozco al dicho corneles de olanda Resciby juramento en forma de systus flamenco pintor el qual juro e declaro que hera el mismo. los quales todos aqui firmaron sus nonbres francisco diez mercado cornells de holl.a juan tone lero giraldo alanbre. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 178 A las congregaciones e sinodos que se hazen en cada un año en esta ciudad de Orense son obligados a venir todos los clerigos deste obispado e a juntarse a congregacion dentro de la iglesia cathedral; e porque unos tienen sobrepellizes e otros no, e parece feo a los que no las tienen, por tanto de aqui adelante mandamos que todos los clerigos que vinieren al sancto sinodo no entren en la congregacion e ayuntamiento sin llevar vestida sobrepelliz; e lo contrario haziendo, cada un clerigo cayga e incurra en pena de cc. maravedis, los que les applicamos la mitad para la fabrica desta nuestra iglesia cathedral e la otra mitad para el que lo accusare e para azeite a la lampara del sancto Crucifixo. V. [+]
1593 MERS 319/ 436 Yten en la caxa principal a de estar una ymaxen de Nuestra Señora con el Niño en los braços, y en las caxas colaterales a la dicha caxa dos figuras, la una de San Juan evangelista y la otra de Santiago apóstol, y en los dos tableros que están enzima de las dos caxas de suso se an de poner dos figuras de pincel o medio relieve, las que quadraren mexor a la obra y al gusto del dicho padre abbad, y en las dos cajas del segundo cuerpo se an de poner dos ymágines de bulto enteras, la una de San Xosef y la otra de la Madalena, y en la caxa grande de en medio un Crucifixo solo, que todas las dichas seys figuras de las dichas seis caxas an de ser de madera de nogal. [+]




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