1509 |
GHCD 111-15/ 532 |
E mas que se Rematara en los dichos g. uo dallaris e ju.o R.o e en Rolan entallador los syete pares de puertas de las salas de las enfermaryas e las otras quatro questan por acabar en precio de veynte e seys mill mrs. que monta toda la dicha obra de carpentarya que en ellos fue Rematada treynta e seys mill e seyscientos mrs. e que ellos se obligaran de fazer las dichas obras enesta manera que los alizeres los faryan por vna mostra que estaba fecha de la forma e manera que abyan de ser fechos e que las mesas de Ryfytoryo que las faryan de la forma e manera de las otras que estaban començadas e fechas e las puertas... de la sorte que estaban començadas e moldadas con vn postigo... |
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1511 |
GHCD 111-26/ 541 |
Enel ospital Real de senor santiago diez e seys dyas del mes de junyo año del nascimiento de noso senor ihu xpo. de mill e quinientos e honze anos Antel señor g. uo prego mayordomo del dicho ospytal en presencia de min el publico notario e testygos de iuso escriptos parescio ende presente pero de morales carpyntero e dixo que por Razon que en el fuera Rematada la obra de los Altars de la capylla mayor del dicho ospytal en precio de ochenta mill mrs. con condicion que Acabada la dicha obra fuese vista por oficiales nonbrados por el R.do senor obispo de mondoñedo administrador del dicho ospytal E que fallandose por los dichos oficiales que la dicha obra merescia mas quantia de mrs. de los ochenta mill en que estaba Rematada que selo pagasen a vysta delos dichos oficiales e fallando q.e balia menos quel fuese obligado de bolver Al dicho ospytal lo que menos balyese a uista de los dichos oficiales e por quel tenia Rescibido sesenta mill mrs. e le faltaban veynte mill mrs. para conprymiento delos dichos ochenta mill mrs. delos quales tenia mucha nescesidaa e por quel dicho mayordomo no gelos querya mandar pagar syn que diese fianças de acabar la dicha obra por ende que el prometia e se obligaba de darla fecha e acabada la dicha obra fasta fin del mes de setienbre prymero que viene deste presente año para lo qual asi fazere conplir dio por sus fiadores A pyti Tu.o entallador e a ju.o R.z carpyntero vecinos de santiago que presentes estaban e otorgaron la dicha fiadoria e los dichos pyti ju. o e ju.o R.z.... se obligaron..... |
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1526 |
GHCD 111-45/ 575 |
En la cibdad de santiago dentro del gran hospital Real del señor santiago a diez esete dias del mes de abril año del señor de mill quinientos e veynte e seys años en presencia de mi el escriuano y notario publico de sus magestades de los testigos de yuso escrytos el señor johan del canpo theniente de administrador del dicho gran hospital por sus magestades de la vna parte y dela otra corneles dolanda vecino de la cibdad de orense que presentes estaban, los quales dixeron que por quanto el dicho corneles de olanda. abia fecho el Retablo dela puerta y capilla principal del dicho hospital Real e al tiempo que se capitulo e contrato quel dicho corneles fiziese el dicho Retablo, se concerto que lo fiziese a su costa segund mas largamente se contiene en el dicho contrato e que despues de fecho quel dicho corneles nonbrase vna persona por su parte y el dicho hospital Real de su magestad otra y que hagora, el dicho Retablo era fecho y asentado que el dicho señor juan de canpo teniente de administrador nonbro a maestre felipe vecino desta dicha cibdad de santiago y el dicho corneles nonbro a piti juan vecino de la cibdad de la cruña que presentes estaban para que conforme al dicho concierto como maestres del dicho oficio declarasen e sentenciasen lo que justamente valia el dicho Retablo alos quales dieron poder con poder conplido e otorgaron dello carta de contrato en forma testigos fernando de figueiroa e Antonio del canpo y el dicho señor teniente de administrador lo firmo y el dicho corneles con el juan de canpo cornells de hollanda. Despues desto este dicho dia mes e año suso dicho y dentro del dicho hospital Real el dicho señor theniente de administrador tomo e Rescibio juramento dentro dela yglesia del dicho hospital antel santo sacramento y en vna señal de cruz e A las palabras delos santos hevangelios de los dichos maestre felipe e piti juan maestros y entalladores que presentes estaban y como buenos e catolicos xpianos temiendo a dios e grando sus animas e conciencias dirian verdad e juzgarian bien e perfectamente lo que meresciese de aver. el dicho corneles de holanda por Razon del dicho Retablo syn fraude ni engaño ni otra lisyon ni colision alguna e siendoles lançada la confesyon del dho. juramento por el dicho señor johan del canpo teniente de administrador cada vno dellos dixo por sy juro e amen y promitieron de decir verdad testigos que los bieron jurar y tomar el dicho juramiento al dicho señor theniente de Administrador por ante mi el dicho escriuano los dichos frando. de figeroa e antonio del canpo familiares del dicho hospital Real. despues desto en la dicha cibdad de santiago y dentro del gran ospital Real de sus magestades de señor santiago a diez e ocho dias del mes de abril del dicho año y en presencia de mi el dicho escriuano y testigos de yuso escriptos los dichos maestros felipe y peti juan que presentes estaban e vsando del poder A ellos dado e conformandose con la dicha obra quel dicho corneles de olanda fiziera enel dicha capilla de la puerta del dicho hospital Real dixeron y declararon que so cargo del dicho juramiento que fecho Avian que la dicha obra e Retablo merescia e valia cinquenta e vn mill E quinientos mrs. pares de blancas e fora. ciertas costas de gasto quel dicho corneles dixo que Avia fecho desde la cibdad de orense en traer las obras e Retablo que asento en la dicha capilla e questo es suparescer y lo sentencia por virtud del dicho poder Aellos dado y que estas costas susodichas las dexan e Remiten adescricion del dicho hospital Real e del dicho señor theniente de administrador para que conforme a su conciencia lo pagasen e que esto daban e dieron por su sentenza arbitra. y ansy lo mandaron e juzgaron para el juramiento que fecho tienen enestos esptos. y por ellos y porquel dicho m.e felipe no sabia firmar Rogo al dicho maestre piti johan que lo firmase por el y por sy de su nonbre enel Regystro desta carta y el dicho filipe lo marco de su marca a mayor abondamiento, testigos que estaban presentes juan de goyan sacristan del dicho hospital e juan de morales oficial del dicho hospital Real y el senor pero fern. z de Ribadeneyra capellan mayor e fr. do de figeyroa botiller petit jan sbrctud. |
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1543 |
GHCD 111-57/ 594 |
Concierto con m.e miguel entallador sobre seys pilares grandes que ha de hazer para el patio frontero de la puerta principal. |
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1543 |
GHCD 111-57/ 594 |
En la cibdad de santiago dentro del gran hospital Real de su magestad A nueve dias del mes de henero año del señor de mill e quinientos e quarenta e tres años por ante mi el escribano publico e ts.o de yuso escriptos el señor pero de leon Administrador del dicho hospital Real con parecer de pero fernandez de Ribadeneyra capellan mayor e.... consiliarios..... se concerto con maestre miguel entallador para que.... haga seys pilares grandes para ponerles enel patio y enpedrado frontero de la puerta principal. conformes al pilar grande quel dicho maestre miguel fizo y esta sentado frontero de la puerta principal del dicho hospital y los dos destos pilares han de tener sus armas Reales y los quatro syn ellas... tan buenos galanes e costosos como el sobre dicho.... darlos acabados fasta fin del mes de mayo primero que viene..... quel Administrador........... ha de hazer traer los dichos pilares ponerlos enel tallero.... por manera que el maestre miguel tenga que hacer y labrar....... y no este holgando. .....por los seys pilares le han de dar 54 ducs. y vn ducado para ayuda de aguzar la ferramienta. firma Micchrim. bedezrez. |
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1561 |
GHCD 111-64/ 602 |
..... pareze se hizo ynadvertidamente porque su buelo y alto en extrema cantidad es demassiado y excesibo segun el grueso que las flacas paredes tienen y el poco alto desde el losado y lonja de la delantera que por vna parte parece que hunde y ssume y desploma al edificio y le hace abrir por algunas partes como todo esto es berdad y por la cota parte parece henano y baxo el edificio del texaroz abaxo y no aviendo otra architectura, ni torres ni estribos ni otra guarnicion en las dichas paredes por via de ornato por parte de fuera cierto se da vien a entender que este texaroz fue labor ynadvertida impropia voluntaria y profana............ me parece que para el reparo y rreformacion de las dichas paredes foranas y quoartos y para seguridad y a la menos costa que es posible se debe remediar por la horden y manera siguiente. digo que caso dado que......... todos los maderamientos son perjudiciales que solamente se deshagan los maderamientos altos de los desbanos y tejados..... y hanse de tornar ahacer por nueva armadura (con solera de roble, tirantes tijeras no voladis como el que agora tiene, camaras y quartones ó tablas). ..... para se echar bien las soleras dentro del grueso de las paredes deuria ser pieça perpianada que tomase todo el grueso de las paredes o a lo menos de tapia en tapia de largo y en el perpiano estubiese su caxa para la solera..... my parecer y boto seria que... con q.e el texaroz ofende... a las paredes y con aquel peso y abançamiento de aquellas gargolas mal entalladas y el texaroz todo se dessassentase y el mucho alto y buelo que tiene fuera de proposito y fuera de toda artes da mente quedase en vna cornixa de muy buenas molduras al Romano muy Repartidas y ordenadas de media vara de buelo y otro tanto de alto con sus grandes lechos que tomen todo el grueso de la pared donde aya en el lecho de a Riba su canal y anden y alanber y la canal baya a dar a sus gargolas las quales sean aviertas y no vuelen fuera de la salida de la cornixa ninguna cosa sino solo en la cornixa haga su grimaça por baxo y por cima a canal abierta y sobre la canal de piedra se pongan sus caños de plomo o laton que salgan fuera de la cornixa vna bara de medir.. y todo lo que mas ahora tiene de alto el texaroz suban en pie derecho los lienços..... .... por mayor abundancia... se podran echar sus tirantes de hierro que pasen toda la pared Repartidos segun hacen el desplomo y barriga las dichas paredes.... |
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