|
SHIG Our. , 18b/ 116 |
Otrosy, por quanto el byenaventurado apostol Santiago es patron dEspana, en espeçial en esta su provinçia donde es su casa e cuerpo, por ende ordenamos e estatuymos ad perpetuam rei memoriam que de aqui adelante en esta dicha muestra yglesia catredal e en todo este dicho nuestro obispado que todas las quintas ferias en que se ovier de rezar feriado e non ovier fyesta prinçipal de nueve leçiones que lo ynpyda o feria que sea de neçesydad asi commo Aviento e Quaresma o ochavas solepnes, que todos rezen del byenaventurado apostol patron. |
[+] |
|
SHIG Our. , 18b/ 133 |
Otrosy hordenamos e mandamos que cada unno rector deste dicho nuestro obispado que aya en latin o a lo menos en romançe los articulos de fe, e los mandamientos de la ley, e los siete pecados mortales, e las virtudes de home, que en sy ha de aver todo escrito, para que cada unno los diga en sus yglesias e a su pueblo quatro fiestas pryncipales del anno, en Nabidad, por Pascoa, e en el dia de Santi Espiritus , e por el dia de Santa Maria de Agosto, e en todos los domingos de la santa Quaresma. |
[+] |
1280 |
FCR Encabezamento/ 69 |
Ferias de quaresma. |
[+] |
1280 |
FCR Encabezamento/ 69 |
Qvi ouer a iurar en quaresma. |
[+] |
1280 |
FCR V, 58/ 83 |
Ferias de quaresma. |
[+] |
1280 |
FCR V, 58/ 83 |
Estas son ferias de quaresma: respondan por dineyros de laurador e por açada e açadon e podadera, e por danno de todo lauor respondan; por prado e por uinna e por messe e por quanto per[te]nece a lauor e por moyno e por açenna respondan. |
[+] |
1280 |
FCR VIII, 18/ 113 |
Alkaldes que leuaren conducho alas aldeas en quaresma, leuen, pora. |
[+] |
1326 |
FMST [3]/ 398 |
Sabeam todos, que por quanto a nos dom frey Beringel da Ordem dos Preegadores por la gracia de Deus arcibispo de Santiago, Capellan mayor del Rey et Chanceller e notario mayor do Reyno de Leon, por grandes querelas e por gran chamor pervereo que se fazian ennas friigyesías do noso arcibispado, grandes deguysados, iniurias et exeessoes per aquelles que tirauan et leuauan as penas das friigesias, que non tomaban os lobos ou a camada delles leuando mays que deuian et agraueando as gentes en como non deuian; por ende nos querendo y poer Remedio, ordinamos et mandamos que enna friigesía que ouuer XV friigeses ou mays poucos, se non tomaren lobo ou loba ou camada delles, ou non correren cada domaa con elles sen enganno segundo que e de custume des o primeyro sabado de quaresma ata dia de Sam Joham de Juyo, ou non fezeren o ffogio, que pagen X mrs. |
[+] |
1528 |
SHIG Tui, 6/ 408 |
Confessar una vez en la Quaresma o antes si oviere peligro. |
[+] |
1528 |
SHIG Tui, 6/ 442 |
Item la Quaresma. |
[+] |
1528 |
SHIG Tui, 6/ 515 |
Que se publiquen las cartas de Quaresma contra los publicos delitos la primera dominica de Quaresma Otrosi mandamos que en cada un año, la primera dominica in quadragesima , en todas las yglesias de nuestro obispado se publiquen quen por los curas o sus tenientes las pascuas quaresmeras de amonestaçiones que mandamos publicar, que son las siguientes, y que el nuestro fiscal sea obligado de las embiar a todas las yglesias para el dicho dia, so pena de diez ducados con las çensuras puestas por nos. |
[+] |
1528 |
SHIG Tui, 6/ 517 |
Item por quanto la santa madre Yglesia manda que todo hombre o muger desque oviere años de discreçion se confiesse a lo menos una vez en el año y reçiba el santo Sacramento de consejo de su confessor, y muchos en nuestro obispado postpuesto el temor de Dios no vienen ni quieren venir a penitençia segun son obligados y deven hazer buenos christianos, mandamos en virtud de santa obidiençia y so pena de sentençia descomunion, que en la Quaresma, que es tiempo diputado para esto por la santa madre Yglesia, que todos los curas de nuestro obispado en sus yglesias los domingos amonesten a sus feligreses y sus hijos y hijas, y moços y moças, los hombres de quatorze años arriba y las mugeres de doze, que vengan a penitençia y a confessarse en manera que puedan reçibir y reçiban del consejo de su confessor el santo Sacramento el dia de Pascua de Resurreçion. |
[+] |
1528 |
SHIG Tui, 6/ 517 |
Y el hombre o muger que Dominica in albis no se allare que se a confessado en aquella Quaresma, o a lo menos aquel año, y reçibido el santo Sacramento, salvo si lo dexare de reçibir por consejo de su confessor, que dende en adelante no sea reçibido en la yglesia, y hechelo el cura fuera como a miembros perdidos de la santa madre Yglesia. |
[+] |
1528 |
SHIG Tui, 6/ 520 |
Quien y cuando se han de confessar Otrosi mandamos que todos los fieles christianos de edad perfeta o que saben pecar, de quatorze años arriba los varones y las mugeres de doze, sean obligados de se confessar y reçibir el santissimo Sacramento las quaresmas de cada año hasta el domingo de Quasimodo , so pena descomunion. |
[+] |
1534 |
SHIG Mond. , 19/ 55 |
Y, so la misma pena, mandamos que el clerigo y sus feligreses y los hijos y hijas y mozos de las tales feligresias se junten los domingos del Adviento y de la Quaresma, una vez en el dia, y que alli les enseñen y platiquen la doctrina christiana, abezandoles a santiguar y el Paternoster y el Ave Maria y el Credo y la Salve Regina . |
[+] |
1541 |
SHIG Mond. , 22/ 78 |
Item nos consto por la dicha visita que muchas personas vagamundas se andan en el tiempo santo de la Quaresma y Semana Santa a hazer representaziones, a manera de farsas del mundo, de las quales se siguen muchos inconvenientes, es a saver: que dizen en ellas muchas cosas que no ai en los evangelios y, ansimismo, que hazen y causan muchas risas y placeres en los que lo oien y, ansimismo, dejan de oir misa maior los dias del domingo y fiestas, por concurrir a do aquellas representaziones se hazen, lo qual todo es, no en alabanza, sino en vituperio de Christo; por la presente ordenamos y mandamos, so pena de excomunion y de dos mill maravedis, aplicados ut supra , que ninguno sea osado de hazer las tales representaziones ni remembranzas en la iglesia ni fuera de la iglesia. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 152 |
Amonestad con mucha diligencia a vuestros feligreses al principio de la Quaresma que se confiessen todos, e en las confessiones avisaldes que se aparten de los vicios dando a cada uno penitencia conforme a la calidad del hierro en que cayo. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 156 |
Al tiempo que venis al sancto sinodo, cada vez traed por memoria los que se han dexado de confessar en la Quaresma e los que stan en pecados publicos o excomulgados e a los rebeldes evitadlos de las iglesias e dadlos por memoria a nos o a nuestro provisor, e no consintais ningun peccado publico en vuestros feligreses; amonestad les muchas vezes de vos a ellos, e si no se emmendaren requerid a la justicia seglar que lo remedie. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 161 |
No se puede dar la penitencia solemne que manda el derecho dar el primer dia de Quaresma. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 167 |
De la doctrina de los niños que en la Quaresma se ha de enseñar. Don Antonio Ramirez de Haro. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 167 |
Otrosi ordenamos que todos los curas, capellanes o sacristanes, despues del primero dia de Quaresma hasta el Miercoles de las Tenieblas, digan la Salve a hora de Visperas tarde, e despues de dicha enseñen a los niños e niñas de la parrochia signarse e santiguarse, seyendo menores de doze años, e los articulos de la fe y los mandamientos de la Ley, e las virtudes theologales y cardinales, el Avemaria, Paternoster, Credo y Salve Regina , la Confession general, dandolo todo a entender con clara e intellegible pronunciacion, e tomen cuenta a los niños e niñas de lo que saben acerca dello. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 169 |
El primero oyr missa entera los domingos e fiestas de guardar. El ii. confessar a lo menos una vez en la Quaresma e antes si hay o espera haver peligro de muerte, o si alguno ha de dar o rescebir orden o otro sacramento de la Yglesia. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 217 |
Denunciamos por excomulgados hombre o muger que en Quaresma o en Quatro Temporas e sesta feria o en los otros dias que la Yglesia quita la carne, sin nescesidad la comiere, asi como dolencia o otra cosa convenible, e al carnicero que publicamente la vendiere. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 224 |
Que todos confiessen y comulguen en la Quaresma hasta Paschua El Cardenal Regino. |
[+] |
1544 |
SHIG Our. , 28-29/ 242 |
Primeramente, todos los dias de Quaresma, excepto los domingos. Iten, todas las Quatro Temporas del año, que son las siguientes: |
[+] |