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Corpus Xelmírez - Corpus lingüístico da Galicia medieval

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Número de contextos atopados: 20

1350 FMST [11]/ 512 Et se ese encoutado trouver cadal ou compaña ou senar de cadal ou de compana deuella a tirar da mao ata IX dias, et dos noue dias endiante se lle acharen cadal ou conpaña na mao, aquel cuio deuedor he posao ponorar en ese cadal ou en esa conpaña por sua deveda. [+]
1484 VFD 96/ 180 Ano de mill e quatroçentos e oytenta e quatro anos, o primeyro día día de mayo, enos Paços del Curral del señor obispo, presente el muy reverendo señor don Diego de Fonseca, obispo d ' Ourens, e logo Juan de Lemos, escudeiro, en maaos de Gonçaluo de Puga, regidor e alcayde da yglesia d ' Ourense, fezo pleyto e omenaje ao dito señor obispo por la sua casa de Porqueyra, hua, duas, tres veses, hua, duas, tres veses, hua, duas, tres veses, fasta nove veses, con estas condiçons: de la guardar ven e fielmente como fidalgo debe guardar casas etc, e que acollerá em ela ao dito señor obispo, yrado e pagado, con poucos e con moytos, e á seu vachiller Pero Guiral, ena forma e maneira qual for e quiser entrar ena dita fortaleza, soo ou acompañado, e que tomándolle o dito señor obispo ou o dito seu vachiller Pero Guiral a dita fortaleza de Porqueyra, que o dito Juan de Lemos seja livre e quite de seu pleyto e homenaje, e falesçendo el obispo acodirá con ela al obispo consagrado que for da yglesia d ' Ourense, e non a outro. [+]
1491 VFD 108/ 201 E digo en como agora novamente veo á notyçia do dito señor abade e seu convento et a min en seu nome como o señor Pedro de Çuñiga, seu padre, mano armada e su alguasil e outros criados e familiares, acompañados de outros con armas e presuposto todo el temor de Deus e non acatando ao mandamento e sentenças e penas e çensuras por El Rey e Reyna, nuestros señores, e mandamento do señor Gobernador e Justiçias en este Reyno de Galisia que por seu mandado resyden, e por força e contra justiça demerariamente e con grande ousadía se foron a tomar e prender aos vesiños e vasalos da Pousa e lugar de Castrelo, que son e perteeçen ao dito mosteyro de Çelanova, abade e prior e convento dél, estando os ditos vasalos e pousa e lugares su anparo e proteición e defendemento real, por cartas e sentençias e mandamento real de sus Altezas, segundo que mays largamente se mostrará cómo e ante quen deua. por ende, que eno dito nome afronto e requiro ao dito señor Françisco de Çuñyga que non tome nin quite aos ditos vesiños e moradores dos ditos lugares e pousa de Castrelo en cousas suas nin os prenda por cabsa algua, e sy algua cousa lles ha tomado, boys e vacas e outras cousas quaes quer, prendas e cousas, que llo queyra dar e entregar e tornar e restotuyr en maneira que eles non reçiban agrauio ningún nin o dito mosteiro, e sy o asy feseren que farán todo aquelo que de dereito he obrigado e como caualeyro que guarda e conpre as cartas e mandamentos de seu Rey e señor natural. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 439 La Pascua de Resurreçion, y la fiesta de Penthecostes que es dicha de Spiritu Santo, cada una dellas con dos dias siguientes. El dia del Jueves Santo de la Cena desde la hora de la missa que se ençierra el Cuerpo de nuestro Señor hasta otro dia Viernes Santo acabada la missa, todos fuelguen y çessen de toda labor y vayan a la yglesia acompañar el santo Sacramento que esta en el Monumento. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 455 Que residan los curas en la cabeça del beneficio Otrosi mandamos que todos los curas, curas de animas deste nuestro obispado o sus lugarestenientes de los que estuvieren con nuestra licençia absentes o puedan estar de derecho, sean obligados de residir en la cabeça de la parrocha donde esta la yglesia principal, porque mejor sea servida y los sacramentos administrados y la yglesia este mas acompañada, so pena de perdimiento de los frutos para la fabrica de su yglesia, mayormente pues para esto tienen diputado casas y casales cabe la yglesia; y donde no uviere casa resida en el lugar mas proximo en tanto que la haze. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 493 Del officio del arçidiano de Miñor Otrosi hallamos quel offiçio del arçidiano de Miñor y del de Montes es de acompañar al obispo, y dezir sus missas, y evangelios, y epistolas. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 494 Otrosi el Jueves de la Semana Santa se diga missa ansi en las cabeças como en los anexos; otrosi el dicho Jueves Santo se haga monumento y encierre el Sacramento, como mejor pudiere, y se saquen en todas las yglesias principales como anexas que tuvieren yglesia y parrocha por si, y que los legos sean obligados con el clerigo de guardar aquella noche la yglesia, exçepto si los pueblos consienten juntarse en una yglesia y hazer el monumento con mas autoridad y acompañamiento. 35. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 495 Y todos los que le encontraren hinquen las rodillas, so la dicha pena, hasta que el clerigo sea passado; y si fueren cabalgando se apeen y hinquen las rodillas, o se vayan por otra parte desviados como no encuentren; y el que lo acompañare de dia aya veynte dias de perdon, y si fuere con candela treynta, y si fuere de noche quarenta, los quales otorgamos por el poderio a nos dado; y demas ganan los perdones otorgados por los Santos Padres, conviene a saber: treze quarentenes de perdon que fueron otorgados por el cardenal de Savina, legado que fue destos reynos, en el conçilio que hizo en Palençia, y çient dias de perdon que otorgo el papa Eugenio, lo qual todo ganan los que fueren y vinieren; y se los otorgue el clerigo venido a la yglesia con el Sacramento despues de hecha la confession general y absoluçion, 38. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 499 Y todos, hombres y mugeres, y moços y moças, vayan acompañar la proçession y rogar a Dios por las dichas cosas. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 499 Para con los mareantes de nuestro obispado, por causa de los tiempos que a las vezes se mudan y ellos no pueden yr a la mar como querrian, dispensamos que ellos, yendo a la yglesia estos dias de letanias por la mañana antes que vayan a hazer labor, diziendo cada uno çinco vezes el Pater noster y Ave Maria , rogando a Dios por las dichas cosas, que puedan yr a la mar y hazer su hazienda; o manden a sus mugeres y hijos y hijas, o moços o moças si las an, que vayan a la proçession a la acompañar. [+]
1528 SHIG Tui, 6/ 521 Y si los conçejos, villas, o lugares, o feligresias, donde los tales adivinos o hechizeros vinieren y moraren los defendieren y acompañaren, o requeridos por nos o por nuestro vicario no nos los entregaren para que se castiguen y se haga dellos justiçia, ponemos en los tales conçejos, lugares, o villas, o feligresias, ecclesiastico entredicho. [+]
1541 SHIG Mond. , 22/ 74 E ansimismo ordenamos y mandamos que en los tales dias de letanias vaian todos los hombres y mugeres y niños o, a lo menos, de cada casa una persona acompañando la cruz y el clero, so pena de un real, que pague a la iglesia cada uno que no fuere. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 148 Pues Dios omnipotente tovo por bien de elegir entre tantos al illustrissimo señor don Francisco Manrique de Lara por pastor desta diocesi e padre destas compañas, e le traxo en ella para que con su buena venida e estada las animas desbaratadas fuessen reparadas e las enfermas que dan señales de su cayda fuessen fortalescidas, e finalmente todas en su integridad fuessen conservadas, es bien que todos tengamos attencion a sus obras e doctrinas, pues es buen medico prudente embiado por Dios en este obispado, onde con su pastoral officio de saludables medicamentos a todos provee. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 159 Haviendo ungido al enfermo e tornado el santo oleo a la iglesia, acompañad al enfermo en su muerte e dezilde las oraciones que teneis en vuestros manuales. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 165 E porque de cada dia acaescen nuevos casos que por ellas no se podrian determinar, nos con la diligencia devida nos posimos en este cuydado, pues es officio nuestro y de padre de compañas dar orden a nuestros subditos como sepan en sus officios lo que conviene para mejor apascentar las ovejas que tanto costaron a Jhesu Christo nuestro Redemptor y Maestro. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 187 Siendo amos o acompañados a los cavalleros o hidalgos, se quitan los clerigos de la obediencia de sus perlados, e de los delictos que cometen son dellos favorescidos e amparados, de suerte que los dichos delictos quedan sin punicion e castigo; e porque segun derecho negarle la obediencia al superior es pecado mortal, e los delictos deven ser castigados comoquier que sean manifiestos; por ende so pena de descomunion y de privacion de todos los fructos de la dignidad, calongia, racion, e de todos otros qualesquier beneficios o capellanias, los quales applicamos la mitad para reparos de las mismas yglesias donde fueren clerigos e la quarta parte para la fabrica desta yglesia cathedral y la otra quarta parte para la camara e fisco del perlado, en la qual dicha descomunion incurran ipso facto , e por esta nuestra constitucion desde agora les condenamos. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 187 E si el dicho su amo fuere a pie seyendo lego, le pueda acompañar a pie en poblado o fuera del. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 187 Pero a los obispos e dignidades e otras personas ecclesiasticas bien permitimos que a pie e a cavallo puedan servir e compañar qualesquier clerigos, sin que por esso yncurran en pena alguna. 9. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 221 Ordenamos que los curas y rectores, pues de derecho deven proveer a su costa persona que haga compañia en el canto y en el ministerio del altar y sacramentos, que valiendo los fructos del beneficio veinte mil maravedis sean obligados a proveer persona que sirva el officio de sacristan; y porque los sacristanes tocan en la yglesia en muchas cosas sagradas, como son calices, patenas, aras, lo qual manda el derecho que ninguno toque si no fuere ordenado a lo menos de orden sacro, dezimos que quanto buenamente se pueda hazer los sacristanes sean presbiteros, por que con ellos se puedan confessar los que an de celebrar; e si presbiteros no se podieren haver que sean sufficientes y convenientes para el officio, procurese a lo menos que sean ordenados de orden sacro, y si fuere persona fiable devensele entregar las cruzes, calices y la otra plata y ornamentos de la yglesia, los quales deve tener en fielissima custodia, y para esto es bien que duerma en la yglesia y al fin que si de noche se offreciere necessidad de dar algun sacramento a los enfermos, este cerca para acompañar al preste que lo ha de administrar; tenga el sacristan la yglesia siempre limpia y barrida, en lo qual entienda a lo menos cada semana una vez; tenga asi mesmo las lamparas muy limpias, y sean los sacristanes muy obedientes al cura y clerigos de la yglesia; y el sacristan que no hiziere su officio como deve sea castigado por nuestro visitador segun la condicion y manera de su delicto y negligencias. [+]
1544 SHIG Our. , 28-29/ 232 E les amonesten que hagan confradias en sus parrochias porque siempre haya cera para acompañar el Sanctissimo Sacramento quando saliere fuera por el pueblo a visitar algun enfermo, onde lo lleven con aquella decencia que conviene a tan alto Sacramento; e que todos le acompañen en su sanctissimo Cuerpo, porque el nos acompañe las almas quando deste mundo fueremos. [+]




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