Sepades commo estando ende sobre Gisón sobre el Conde Nyfón, mi tío, estando ay conmigo Martín Yanes, notario del Reyno de León, a mí fue presentada de Valcarne, mi vasallo, por nombre del monesterio de San Salvador de Pedroso, que es en el Reyno de Gallisia, abado de la tierra de Salancón una carta de sentençia, dada por el dicho Martín Eanes, en tienpo del Rey don Enrique, mi abuelo, que Dios perdone, entre el dicho Pryor e los onbres de su monesterio, de la una parte, los arrendadores de las monedas, rentas e serviçios del Reyno de Gallisia del dicho Sennor Rey, Juan Arias, Chancero de Santiago, procurador fiscal del dicho Sennor Rey, de la otra parte, escryta en pergamino de cuero e synada de escryvano público e firmada del nonbre del dicho Martín Yanes, fecha en esta guisa: ... ... e presentada, visto de commo el dicho Garçía Rodríguez, por nonbre del dicho Prior et convento e ommes moradores en la tierra del dicho monesterio e feligresyas e collaçiones, fasyéndome de ello relaçión, dixo que a commo quer en la dicha sentençia, asy fuera dada por la parte del Pryor e monesterio de Pedroso, que le reçelava que Fernán Peres de Andrade, mi vasallo, e sus parientes, asy commo grandes e poderosos que eran en la dicha tierra, e con poder de los arrendadores de las dichas rentas, que les non quieran guardar e conplir la dicha sentençia, poniendo sus escusas non derechas, e que fuese la mi merçed de en la confirmar e otorgar e mandase que les fuese guardada e conplida e valiese para syenpre.
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