DE LOS MAESTROS Y CATHEDRAS Otrosi porque hallamos en este nuestro obispado, en la visitaçion que hezimos, grande ignorançia y falta de todas sçiençias, y que la mayor parte de los clerigos deste obispado no saben gramatica ni cantar, que es grande dolor de lo oyr y ver, y los grandes males que de la ignorançia se siguen a los clerigos y a las yglesias y a los que por ellos an de ser enseñados, y la obligaçion quel estado de la yglesia tenemos de saber para enseñar y ser luz y enxemplo y justos juezes de las animas, y la cuenta a que somos obligados de dar aviendo este defecto y con quanto peligro se usa el offiçio sacerdotal, y vista la abilidad de las gentes deste obispado y la salud y ayres desta çiudad, para el bien universal y lumbre de todo el obispado, clerigos y legos, ordenamos y mandamos que perpetuamente aya en esta çiudad una cathedra de gramatica y pohesia con un repetidor, personas señaladas elegidas de la universidad de Salamanca, Valladolid o Alcala podiendo ser avidas, donde no de otras, y una cathedra de canto segun y como y con las condiçiones y dote que abaxo se hara minçion, en fin destas costituçiones y en el signodo siguiente del año de mil y quinientos y veynte y nueve. IV.
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