En la hermita de Nuestra Sennora del Camino a veynte e e ocho dias del mes de junyo de mill e quinientos e satenta e un anos fue resçivida en la horden con los lazaros Dominga Paz lazarada por mando de los senores de regimiento desta villa e sendo mayordomo en la dicha hermita y lazaros Gomez Lopez presentes, Alvaro Garçia e Pedro da Torre e Juan de Pinero e Pero de Munduyna lazaros de la dicha horden a quien se mando la resçiviesen e por sy y en su nonbre de los mas lazaros de la hermita lo aceptaron y esto por razon que las sobredicha dio e paguo a los dichos lazaros ocho ducados y tres libras de çera y mas quatro ducados que dio para los reparos de la dicha hermita y esto atento que juro en forma que no tenia otros ningunos bienes ni propiedad salbo dos mantas que traya y sus bestidos y el dicho senor mayordomo la admitio y mando a los dichos lazaros la admitiesen como dicho hera y le acudiesen con casa y limosna y raçion como a cada uno dellos y con las mas libertades que a ella le pertenesçian como tal su conpanera de la dicha horden y luego el dicho senor mayordomo resçivio de Estebo Martines cesteiro vezino de la dicha villa en nonbre de la dicha Dominga Paz quatro dineros y dio ocho ducados arriba os la[za]rados a los dichos Alvaro Garcia y consortes y el dicho senor mayordomo lo firmo por sy y por los dichos lazaros estando presentes por testigos el dicho Estebo Martines cestero e Alvaro Lopez e yo notario aguo fee que en mi presençia le dieron los dichos dineros y paso lo susodicho.
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