Et mando por esta carta o por el traslado della sygnado de escripuano publico a todos los caseros et tenedores de los dichos bienes, et a otras qualesquier personas que esta carta vieren, que vos den et recudan a vos el dicho Juan Alfonso o al que lo oviere de aver por vos, con todas las rentas et fueros et esquilmos et nobidades et derechuras que perteesçen et deuen pertenesçer de los dichos bienes este año que vos yo fago la dicha merçed, et de aqui adelante, tan bien et tan cunplidamente conmo lo avyan a dar et pagar al dicho Aluaro Afonso o a su çierto mandado.
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