Et otrosi protesto de demandar et proseguir commo el dicho Conçejo la injuria que por el recontamiento que en la dicha carta fesiera le era fecho, sobre lo qual la parte del dicho Obispo parescio et presento en la mi corte et abdiençia ante Joan Gonçales de Aseuedo, dotor jues por mi dado para conoçer et librar los pleitos et negoçios de la mi abdiençia con la dicha escriptura et testimonio de agrauio et apelaçion, signada de escripuano publico, en el tienpo que deuia et commo deuia; et dixo que auiendo ante el por allegadas et repetydas las rasones de nulidades et agrauios susodichos contra la dicha mi carta, dada por uos, el dicho Garcia Sanches, mi alcalde, et afirmandose en ellos; et que por quanto se reçelaua que, por vertud della que conoceriades et procederiades o querriades proceder por el dicho negocio adelante, non lo podiendo nin deuiendo faser de derecho, por rason de lo que dicho es, por ende pedio al dicho dotor, mi jues, que le mandase dar mi carta para uos, los sobredichos, en forma deuida sobre esta rason.
|