In dei nomine Amen, por que todos los bienes an si de fortuna, como de natura, como de gracia, que neste siglo presente poseemos, no son propios, mas prestados para que con ellos sirvamos e lo hemos aque el Señor dador que es Dios, de quien todos los bienes proceden, y para que con ellos alcancemos la final bien aventuranza hordenandolos con la regla de la razon, segun la Catolica cristiana doctrina tomada y estamos soxetos e obligados á dar dellos estrecha cuenta e ansi como prestados, los avemos de tornar á los propios lugares, donde los ubimos: conviene á saber, la riquesa temporal, e los bienes de fortuna, al mundo, donde los allamos, y el cuerpo con toda su composicion, y los otros bienes temporales, de quien nos la natura proveyo á la tierra de que fueron criados, y el anima donde es la razon y potencias e virtudes, intelectuales, y los otros bienes de gracia al cielo donde fueron infusos evenidos, y pues esta vida humana estan breve y transitoria, e todos estamos sujetos á la muerte, que contino nos amonesta ya menaza, por que como es naturalmente á los humanos estatuyda una vez moriendo de muerte natural de que no podemos huir, ni es capaz toda persona en este siglo viviente deve estar dispuesta e aparexada para dexar estos bienes que ansi nos fueron prestados, e recibiendo la muerte cuando viniere por que con menos turbacion nos halle, la cual debemos considerar y tenemos en nuestro acatamiento teniendo el juicio libre: sin alteracion e vexacion e antes que fincamos la sombra e aquexamiento della por que no nos falteados y desapercibidos pues somos ciertos della, e inciertos del dia, e hora, e del como e quando della, para que con la libertad de nuestro alvedrio dispongamos, e aparexemos, principalmente las tres cosas ya dichas. conviene á saber:
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